Los edificios aislados sísmicamente necesitan una zona de inspección para el sistema de aislamiento.
La norma ASCE 7-10 indica que los edificios aislados deben tener una zona de inspección para el sistema de aislamiento. Se presentan dos casos, cuando el edificio no tiene sótanos y cuando el edificio si tiene sótanos.
Edificio Aislado SIN Sótanos:
Los edificios aislados sin sótanos deben tener un semisótano de inspección. Se recomienda que tenga una altura de 1.8 m, medido del fondo de losa al nivel del piso del semisótano. Esta altura está relacionada con la altura estándar de las personas y con las temperaturas de las zonas, en zonas cálidas se recomienda que sea un poco mayor. La altura del pedestal, donde el aislador descansa, está definida por la altura del semisótano, el pedestal debe tener sección suficiente para soportar cargas de pandeo y de segundo orden.
Fig.01 Semisótano de Inspección
Edificio Aislado CON Sótanos:
En el caso de edificios con sótanos ya no se necesita un semisótano adicional, ya que el sótano bajo el sistema de aislamiento puede usarse como zona de inspección. Las vigas bajo los aisladores que conectan a los capiteles inferiores no requieren losas de conexión quedando vacíos que sirven como accesos de inspección.
Fig.02 Zona de inspección
Referencias:
-ASCE 7-2010, Minimum Design for Building and Other structures. Library of Congress Cataloging-in-Publication data. 2010, EEUU.